Ayer (4 de diciembre) nos llegó la decisión del Tribunal Supremo de no atender el recurso presentado por el Ayuntamiento de Zaragoza contra la suspensión del cambio de nombre del Pabellón Príncipe Felipe. Como sabéis era un compromiso del programa colaborativo de Zaragoza en Común y pretendía cumplir con los deseos de la afición al baloncesto que planteó denominar la instalación como «Pabellón José Luis Abós» -como un homenaje al entrenador, fallecido demasiado pronto-. De hecho fue una de las propuestas más votadas en la elaboración del programa.
Este cambio de denominación enfadó a lo más retrogrado de la sociedad, que lo encuadraron en el eje «monarquía vs república». Encabezados por el PP -y secundados por Cs y PSOE- hicieron «campaña» para detener la decisión en nombre de la defensa de la monarquía -aún conociendo de sobra el origen de la propuesta-. El ataque fue sonrojante, tanto para el gobierno como para quienes lanzaron la iniciativa del cambio de nombre -y por su puesto para la propia familia del entrenador-. De hecho decidimos quitar el foco de esta polémica por respeto a los proponentes, muy hastiados por la campaña.
El PP lo llevó a los tribunales bajo el pretexto de que la competencia para denominar la instalación municipal no era una competencia del Gobierno (en realidad según la norma en vigor es una competencia «residual» del Alcalde). Defendieron que si la decisión de denominación (de acuerdo a la ley anterior) se tomó en el Pleno, era este quién debería admitir o rechazar el cambio de denominación. Y allí PP, PSOE y Cs ya adelantaban que lo vetarían. El resto de la historia ya lo sabéis… Finalmente el juzgado decretó «cautelarísimas» cuando ya se estaba procediendo al cambio de denominación en una de las fachadas del pabellón. Y después de forma sorprendente -para nosotros-, estimó el recurso del PP y suspendió el cambio de nombre. Increíble que se aduzca a la «costumbre» para dilucidar un presunto conflicto de competencias, que no es tal -ya que existe una norma en vigor que las establece-. Y lo peor es que el Supremo avala la sentencia -como antes hizo el TSJA-, obviando lo anteriormente descrito. Si este planteamiento se impusiera con carácter general sería una aberración, y sorprende que se use unicamente en esta cuestión.
La norma actual es clara -y donde no lo es, dota de mecanismos para la atribución de competencias-. De hecho han sido varias las instalaciones municipales (también espacios públicos) que el Gobierno municipal ha denominado o cambiado su denominación por el mismo procedimiento que el Pabellón Príncipe Felipe. Por ejemplo el cambio de denominación del CDM Pinares de Venecia, hoy CDM David Cañada. Y sobra decir que en ninguno de esos casos nadie ha cuestionado nuestras competencias.
Aunque -como decía- el cambio de denominación respondía a una iniciativa social relacionada con el deporte… Tanto los juzgados, como los grupos de PP, PSOE y Cs, con su sobreactuación monárquica han demostrado hasta que punto se encuentran comprometidos con que nada cambie. Y eso incluye los asuntos fundamentes, y entre ellos los símbolos del Régimen del 78. Como en otras ocasiones, y siempre sospechosamente cuando los asuntos afectan a las élites, encontramos esa Santa Alianza desnudando sus interacciones para mantener indefinidamente el «statu quo» actual, que sobra decir: siempre beneficia a una minoría -y sus mayordomos en las instituciones del estado-.